Definición PYME Unión Europea y España

La Unión Europea, hace recomendaciones o exige en algunos casos -y tiene derecho a exigir- ya que desembolsa millones de euros para hacer cumplir los objetivos de la unión, objetivos que han sido planteados, votados y ratificados por los países miembros. El problema de la unión y una de las razones d e la crisis, es por ejemplo, que a España le dan millones de euros para invertir en infraestructuras de I+D, y los políticos hacen una chapuza, construyen lo de siempre, es decir obra improductiva (obras que se benefician los políticos y/o amigos de los mismos, que una vez construidas no hay dinero para mantenerlas ni echarlas a andar) y justifican ante la UE que el país ha realizado las inversiones en infraestructuras de I+D (es como cavar kilometros para poner fibra óptica, y luego no hay para la fibra óptica).

Lo anterior es para que el lector, pueda entender el tema de las recomendaciones y el libre albeldrío de los países miembros acerca de las mismas. Ahora hablemos sobre la definición de PYME. La Unión Europea a través de la Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo, establece para las micro, pequeñas y medianas empresas (PYME) las siguientes definiciones: 
  • Grande empresa, más de 250 trabajadores y más de 50 millones de euros de negocio anual o balance general.
  • Las medianas empresas están constituidas por las empresas que emplean a menos de 250 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros. 
  • Una pequeña empresa emplea a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros. 
  • Finalmente, una microempresa ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.
En la Circular 4/2013, de 27 de septiembre, del Banco de España, por la que se modifica la Circular 3/2008, de 22 de mayo, a entidades de crédito, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos. Publicada en el BOE núm. 245, de 12 de octubre de 2013, pág. 83304.

Se expone lo siguiente:

Las pequeñas y medianas empresas (pymes) desempeñan un papel relevante en el crecimiento económico y en el empleo. Las dificultades por las que atraviesan están llevando a que tanto a nivel nacional como europeo se estén analizando medidas que permitan mejorar el acceso de estas empresas a financiación.
 
En aras de contribuir a este objetivo, y teniendo en cuenta el efecto positivo que este tiene sobre la solvencia y la estabilidad de las entidades de crédito, se ha considerado oportuno modificar la Circular 3/2008, del Banco de España, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos, para ampliar la definición de pyme, alineándola con el concepto imperante a nivel europeo, que es el contenido en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas. Esta modificación implica que un mayor número de exposiciones de las entidades de crédito podrá clasificarse en la categoría regulatoria de exposiciones frente a minoristas, categoría que se beneficia de un tratamiento favorable a efectos del cálculo de exposiciones ponderadas por riesgo.
 
En consecuencia, se modifica la letra a) del segundo apartado de la norma decimocuarta de la Circular 3/2008, del Banco de España, de 22 de mayo, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos, que queda redactada de la siguiente manera:
 
«a) Tener como contraparte a personas físicas o a pequeñas y medianas empresas (pymes), según se definen en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.»
 
Esto supone que, el Banco de España redefine las pymes para facilitarles el acceso al crédito:

En España una pequeña y mediana empresa no era lo mismo que en Europa. Para el Banco de España se consideraba pyme una empresa de menos de 50 empleados, un máximo de 5,7 millones de facturación y 2,8 millones de activo. A partir de la modificación, se amplía el concepto de pyme hasta los 250 empleados, 50 millones de facturación y 43 millones de activos. La redefinición del concepto de pyme con los parámetros europeos tiene importancia para los bancos porque podrán conceder créditos a empresas más grandes que antes con menor consumo de capital.

La medida aprobada ahora intenta atajar este problema. Hasta ahora, si una entidad concedía un préstamo de 10 millones a una empresa de entre 50 y 250 trabajadores, el Banco de España le exigía colocar como “activo ponderado por riesgo (APR)” los 10 millones. Esta partida sirve para computar los recursos propios que necesita el banco. No hay que olvidar que el nivel de capital se ha convertido en el principal parámetro para decidir la salud de un banco. Desde ahora será más barato prestar a estas empresas medianas de hasta 250 trabajadores porque solo computarán como APR en un 75% del importe del préstamo. Con el ejemplo anterior, solo situarían como riesgo 7,5 millones y, de esta forma, podrían abaratar el crédito.

En Europa existía esta definición de pyme desde 2003, pero el Banco de España no la ha adaptado hasta ahora, diez años después. Los bancos se han quejado en multitud de ocasiones porque consideran que la normativa española de crédito es más estricta que la europea en cuanto a consumo de capital. Este es un buen ejemplo.

Lo malo, es que en España, el ser autónomo era muy rentable, ahora cada día el gobierno dificulta más el que ser autónomo sea una actividad laboral rentable. Otro gran defecto que tiene la definición de PYME en España, es que no distingue mucho entre un microempresario y una pequeña empresa, en el sentido, que a un micro empresario, supongamos una cafetería o pequeño restaurante con 2 o 3 empleados, lo ahorca como si fuese una pequeña empresa con 15 empleados y claramente no es lo mismo, simplemente en nivel de ingresos. Por ejemplo, en América Latina, una micro empresa es una empresa con menos de 5 empleados y en la región son consientes de las limitaciones que tiene que hacer frente un microempresario comparado con una pequeña empresa, las diferencias son muy significativas.

Comentarios

Entradas populares de este blog

¿Qué significan los números en el triángulo de reciclaje de los plásticos?

Metallica versus Megadeth ¿quien es mejor? la estadística nos da la respuesta

Los programas más usados por economistas