Lactancia Materna en México derecho del neonato al mínimo vital necesario
Hoy en “Colaboraciones Especiales”, tenemos a Marylú Toledano López (marytoledano@hotmail.com).
Candidata a Doctora en Derecho por la Universidad Cristóbal Colón (UCC), en convenio con el IIJ-UNAM.
Maestra en Derecho Constitucional y Amparo de la UCC.
Licenciada en Derecho por la UCC.
Diplomado del Desarrollo de las habilidades en la comunicación escrita y oral impartido por la Dirección de Educación Continua de la Universidad Iberoamericana en colaboración con el Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación.
Diplomado en Procesos Judiciales Federales, impartido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Casa de la Cultura Jurídica “Ministro Humberto Román Palacios”.
Curso de “Especialización en la Función Judicial”, del Instituto de la Judicatura Federal.
Líneas de Investigación: Derecho a la Salud - Derecho a la Alimentación - Equidad de Género - Derechos de las Niñas y los Niños - Derecho del Neonato - Derecho de las Futuras Generaciones.
Temas de Interés: Derecho del neonato al mínimo vital necesario como meta del nuevo milenio - Lactancia materna, en México y su ordenamiento jurídico - Lactancia materna, indicadores internacionales - Empoderamiento de la mujer - Derecho a la información del consumidor.
La salud en México, además de ser un derecho, es un problema social. Las Naciones Unidas lo incluyen en su lista de derechos humanos, pero ¿Cuánto cuesta ese derecho?, el bajo índice de lactancia materna en los infantes de 0 a 6 meses de edad en nuestro país, ocasiona deficiencia en la salud, detrimento en la calidad de vida futura y gastos para las familias y el sector público.
Ahora bien, qué pasaría “Si una nueva vacuna estuviera disponible para prevenir un millón o más muertes de niños, y fuera además barata, segura, administrada oralmente, y que no necesitara de una cadena de conservación en frío”, seguramente “se convertiría inmediatamente en un imperativo público de salud”, pasaría de ser un tema no jurídico a uno jurídico, “La lactancia puede hacer todo esto y más, pero necesita de una “cadena cálida” de ayuda, es decir, un cuidado adecuado de las madres para afianzar su confianza mostrarles cómo hacerlo, y protección de prácticas nocivas. Si esta cadena se ha perdido en la cultura o es inexistente, entonces debe encargarse de ella el servicio de Salud”. (Proyecto de Unión Europea sobre la promoción de la LM en Europa, 2004).
Cabe destacar que México fue signatario en la Declaración del Milenio, documento en el que se buscó la solución de conflictos por medios pacíficos, en consonancia, a los principios de justicia, el respeto de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la igualdad; para resolver los problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, en lo que concierne al tema, algunas de sus ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio son el reducir la mortalidad infantil, erradicar la pobreza, el hambre, igualdad entre géneros y mejorar la salud materna.
Por lo tanto, es necesario que tomemos acciones estratégicas que permitan acercarnos al cumplimiento de estas metas que más allá de compromisos internacionales representan imperativos éticos para nuestra población.
Años más tarde de la creación del Comité de Lactancia Materna en México, Philippe Lamy, representante de este país ante la Organización Mundial de la Salud (OMS) y Organización Panamericana de la Salud (OPS), declaró en el periódico “La Jornada”, el miércoles siete de diciembre de 2011, p.50, que “México ocupa el segundo nivel más bajo en la región en materia de Lactancia Materna” y actualmente el seguimiento (2008-2013) de la Iniciativa Mundial sobre Tendencias de la Lactancia Materna (WBTi) colocó al mismo en el lugar 79 de 82 países .
Lo cual ubica a México en una situación de peligro de un derecho, y en tal supuesto, para cualquier nación se debe convertir en una “obligación inmediata, ciertos mínimos o prioridades”; como comentó Cristian Courtis, Alto Comisionado de las Naciones Unidas, al responder algunas de las interrogantes que se le plantearon sobre el tema al finalizar una de sus conferencias (Casa de la Cultura Jurídica en Veracruz, Ver., 24 de Junio 2013).
Es consecuencia a ello, y en el marco de la Semana Mundial de la Lactancia Materna, misma que se celebra en más de 120 países del 1 al 7 de agosto, se retoman los ideales de la Declaración de Inocentti (Firmada por la OMS y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en agosto de 1990 sobre la protección, el fomento y el apoyo de la lactancia materna); y este 2013 como juristas comprometidos a informar un derecho vigente en nuestro país, que puede ser calificado como un secreto de vida, hoy señalamos al igual que UNICEF que: la principal responsabilidad recae en la falta de información entre las madres, y el apoyo de los trabajadores de la salud y las comunidades; además de los intereses económicos y la falta de supervisión al desacato al Código de los Sucedáneos de la misma.
Hoy día, el que un profesional de la medicina facilite la información para la mejor calidad de vida de un niño al nacer es un privilegio; la realidad es que el éxito del proceso depende en coparticipación de la madre y el padre para que se dé con éxito el mismo; ahora sólo falta el compromiso de un abogado para que se establezca el derecho a esa información incluso contenida en el propio certificado de nacimiento (como medida emergente) y el desempaque de derechos humanos vinculados a la misma.
En estos tiempos donde los derechos humanos y los tratados internacionales han recobrado fuerzas, lo simple se ha tornado complejo, hay leyes más sabias que las del hombre y esas son las de la naturaleza; por ello es que se está a favor de los derechos de los niños y las niñas, los derechos de las futuras generaciones, la equidad de género, los derechos y obligaciones de la paternidad y maternidad, el empoderamiento de la mujer, el derecho a la salud, la alimentación, el derecho del neonato al mínimo vital necesario y la práctica de lactancia materna.
Pues sólo con acciones de políticas públicas (tales como la Iniciativa Mundial sobre Tendencias de la Lactancia Materna (WBTi) de seguimiento mundial, o la de Hospital Amigo del Niño y de la Madre) preventivas, multidisciplinarias, calificables y cuantificables, de participación ciudadana y con leyes más justas con las madres, los padres, así como los recién nacidos, sobre el cuidado del menor; y que como juristas se contemple a la lactancia materna a libre demanda por un tiempo mínimo de 6 meses como el derecho del neonato al mínimo vital necesario, se contará con las bases para la existencia de un impacto real y positivo en materia de salud, economía, educación y equidad de género, en nuestras presentes y futuras generaciones; y podremos dar a nuestro país los pilares para alcanzar las metas propias de un estado; teniendo como principal reto la unidad de la familia, como célula principal de nuestra sociedad.
Finalmente, se agrega que el objetivo de las líneas precedentes no es el convencer o inducir a alguien a dicha práctica, pues para ello se encuentran instituciones especializadas como Word Alliance for Breastfeeding Action (WABA), la Confederación Nacional de Pediatría Mexicana, Asociación Prolactancia Materna, la Liga de la Leche o Nacer Temprano vivir en grande, entre otras); sino el prepararnos para compilar un marco normativo nacional e internacional de fácil acceso y ser voceros de la existencia de un derecho que puede prevenir enfermedades o incluso salvar vidas, y ¿por qué no? la posibilidad de un mecanismo de hacerlo coercible aunque sólo pueda serlo para el personal de salud tanto público como privado.
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